CONVOCATORIA 2008-3
El Gobierno del Estado de Guanajuato y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Ciencia y Tecnología (LCYT), han constituido un fideicomiso con recursos concurrentes denominado “Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT–Gobierno del Estado de Guanajuato”, para apoyar proyectos que generen el conocimiento de frontera, consoliden los grupos de investigación y de tecnología y fortalezcan la competitividad científica y tecnológica del sector académico y productivo del Estado, para un mejor desarrollo armónico y equilibrado.
Para el cumplimiento de este propósito, con base en la Ley de Fomento a la Investigación Científica, Tecnológica y a la Innovación para el Estado de Guanajuato y en el marco del Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Guanajuato 2030, el Gobierno del Estado de Guanajuato y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a través del Fondo Mixto
CONVOCAN
EA las instituciones de educación superior públicas y privadas, centros de investigación, empresas públicas y privadas, laboratorios, organizaciones no gubernamentales y demás personas inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) o en proceso de registro, a presentar propuestas de investigación científica, innovación y desarrollo tecnológico que respondan a las demandas establecidas en los siguientes apartados:
Apartado 1: Creación de empresas de base tecnológica.
Apartado 2: Fortalecimiento y consolidación de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en las siguientes áreas prioritarias:
1. Recursos Naturales y Medio Ambiente
2. Salud
3. Desarrollo Industrial
4. Alimentos
5. Desarrollo Social y Educativo
6. Nuevas Áreas de Oportunidad para el Desarrollo Estatal
Los proponentes cuya solicitud de inscripción al RENIECYT se encuentre en trámite, sólo serán sujetos de apoyo si a la fecha de publicación de los resultados, obtuvieron el registro definitivo.
El documento denominado “Demandas Específicas” que forma parte de la presente convocatoria, muestra la descripción detallada de las mismas; para atender estas demandas se dispone de un monto por apartado de la siguiente manera:
Apartados 1 y 2: Hasta 20´000,000.00 (VEINTE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.)
Las propuestas que atiendan dichas demandas podrán presentarse bajo las siguientes modalidades:
BASES
1.1 Las propuestas deberán ser presentadas por instituciones de educación superior públicas y privadas, centros de investigación empresas públicas y privadas, y demás personas inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), a que se refiere el artículo 35 fracción III de la Ley de Ciencia y Tecnología.
2.1 Las propuestas deberán elaborarse de acuerdo con los Términos de Referencia y en el formato correspondiente, disponible en la página electrónica del CONACYT www.conacyt.mx y del CONCYTEG www.concyteg.gob.mx. La solicitud deberá enviarse en línea por Internet al CONACYT, así como entregar la información en disco y en forma impresa con las firmas correspondientes en el CONCYTEG, ubicado en Mineral de Valenciana No. 20 Marfil, Gto. C.P 36250, a partir de la publicación de esta convocatoria y hasta el 20 de junio de 2008.
2.2 Bajo ninguna circunstancia se aceptarán propuestas incompletas o presentadas extemporáneamente, únicamente serán evaluadas aquellas que se hayan recibido en el formato indicado, por las dos vías antes mencionadas.
2.3 Las propuestas deberán especificar un responsable técnico, un responsable administrativo y un representante legal, con poderes suficientes para suscribir los convenios correspondientes.
2.4 No podrá ser responsable técnico de la propuesta, aquel investigador que sea responsable de algún proyecto vigente del Fondo Mixto, al momento de la publicación de los resultados.
2.5 Si una propuesta es presentada de manera conjunta por dos o más interesados, uno de ellos deberá fungir como coordinador general del proyecto. Indicar en todo caso, la distribución de recursos por participante.
2.6 Las propuestas deberán especificar las etapas de desarrollo, indicando en cada una de ellas: metas, resultados, productos entregables, beneficios esperados, recursos requeridos y el tiempo de ejecución y en su caso, la incorporación de recursos humanos de alto nivel y su vinculación con las actividades a desarrollar.
2.7 Las propuestas deberán indicar claramente los usuarios o beneficiarios de los resultados del proyecto, así como el monto de las aportaciones complementarias para la realización del mismo.
3.1 Cada propuesta deberá indicar el tiempo de ejecución y el monto de recursos requerido. En función de su justificación, el Comité Técnico y de Administración del “Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT – Gobierno del Estado de Guanajuato” establecerá el monto autorizado.
3.2 Sólo se apoyarán los gastos e inversiones indispensables para la ejecución exitosa del proyecto. En los Términos de Referencia se describen los rubros financiables, así como aquellos no elegibles.
3.3 La primera aportación al proyecto se realizará después de la firma del Convenio de Asignación de Recursos y de la entrega del recibo institucional o factura (en caso de empresas), por el monto solicitado para desarrollar la primera etapa del proyecto.
3.4 El plazo para el desarrollo del proyecto se considerará a partir de la fecha en que se realice la primera ministración.
4.1 Proceso de evaluación:
Las propuestas serán sometidas a una evaluación técnica. Este proceso de evaluación será conducido por la Comisión de Evaluación del Fondo Mixto que es la instancia responsable de asignar evaluadores acreditados, inscritos en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA) a cada una de las propuestas y emitir en base a las evaluaciones individuales, un dictamen de la calidad de las mismas. En los casos que se considere necesario, la Comisión de Evaluación podrá designar evaluadores no acreditados, que por su especialidad pueden apoyar el proceso de evaluación.
La Comisión de Evaluación hará la recomendación correspondiente al Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto, órgano responsable de la selección y aprobación definitiva de las propuestas, así como de la autorización de recursos financieros correspondientes.
4.2 Criterios de evaluación y selección:
Las diferentes instancias involucradas en el proceso de evaluación y selección considerarán entre otros los siguientes criterios:
a. Congruencia de los objetivos con el problema o demanda atendida
b. Congruencia entre metas y objetivos.
c. Metodología propuesta.
d. Capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo.
e. Infraestructura disponible para ejecutar el proyecto.
f. Programa de actividades y su congruencia con las metas y productos esperados del proyecto.
g. Congruencia del presupuesto con los objetivos del proyecto.
h. Impacto y beneficio en:
• La generación y avance del conocimiento científico y tecnológico, útil para el Estado.
• La formación de recursos humanos científicos y tecnológicos para el Estado.
• La consolidación de la infraestructura científica y tecnológica en el Estado.
• Consolidación e incorporación de grupos de investigación y tecnólogos en las Instituciones de Educación Superior (IES) y empresas del Estado.
• Impacto y beneficio socioeconómico para el estado a través de la:
Creación de nuevos negocios de alto valor agregado.
Mejora en el otorgamiento de servicios.
Ampliación de la planta productiva del Estado.
i. Adicionalmente se tomarán en consideración los siguientes aspectos:
1. Factibilidad de la transferencia, asimilación y adopción de los resultados por el sector,
2. Tiempo y costo de realización,
3. Compromisos del proponente con el proyecto en términos de:
• Monto de recursos aportados.
• Infraestructura y personal comprometidos en la ejecución.
• Apoyo administrativo.
En las propuestas de empresas, se dará preferencia a aquellas que consideren la participación de grupos de investigación o de consorcios establecidos con el sector privado.
5.1 El seguimiento administrativo y técnico de los proyectos en cada una de sus etapas estará a cargo del Secretario Administrativo del Comité Técnico y de Administración del FONINV, verificando particularmente los productos y resultados obtenidos, los cuales servirán de base para el otorgamiento de apoyos posteriores, tal como lo establece el Artículo 12, fracción II, de la LCyT. El seguimiento administrativo se hará con base al Manual para la Administración de Proyectos que le será entregado a la instancia beneficiada del proyecto, a la firma del Convenio correspondiente.
5.2 Los responsables de los proyectos deberán emitir informes parciales, con la periodicidad marcada en el Convenio de Asignación de Recursos y un informe final de los resultados y beneficios obtenidos y potenciales para el Estado de Guanajuato. Con base en estos informes se publicarán los avances y logros alcanzados por el Fondo Mixto, como parte del compromiso de rendición de cuentas del Gobierno Federal y del Gobierno del Estado de Guanajuato.
5.3 La ministración de recursos se hará por etapas con base al programa autorizado por el Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto y de acuerdo a lo establecido en la Sección II numeral 6.3 del Manual para la Administración de Proyectos.
La información recibida será manejada con los criterios y prácticas establecidas por el Fondo Mixto para asegurar la confidencialidad y su correcto manejo.
Los aspectos de propiedad intelectual o industrial serán definidos en los Convenios de Asignación de Recursos que se formalicen con los beneficiarios del Fondo Mixto.
El manejo de la información será única y exclusivamente para cumplir con los propósitos del Fondo Mixto.
7.1 A fin de evitar conflicto de intereses, no podrá permanecer durante el proceso de evaluación, algún miembro del Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto o de la Comisión de Evaluación correspondiente que haya presentado propuesta al Fondo, en la convocatoria que está siendo evaluada.
7.2 No se someterán a evaluación propuestas cuyos responsables técnicos hayan incurrido en algún tipo de falta a los acuerdos y disposiciones señaladas en los convenios de asignación de recursos de algún instrumento de apoyo en que participa CONACYT con el que se haya visto beneficiado.
7.3 Tanto el responsable técnico como el administrativo de los proyectos apoyados, deberán asegurar el cumplimiento de la normatividad vigente del sujeto de apoyo, así como de lo establecido en las Reglas de Operación vigentes para esta convocatoria.
7.4 El número de los proyectos y sus alcances estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal del Fondo Mixto.
La relación de propuestas aprobadas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo Mixto, será publicada el 20 de agosto de 2008.
A partir de la publicación de resultados, los responsables de las propuestas, tendrán 60 días hábiles para formalizar el Convenio de Asignación de Recursos, de lo contrario, se procederá a la cancelación del apoyo.
Las cuestiones no previstas en esta convocatoria serán resueltas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo.
Las decisiones del Comité Técnico y de Administración serán definitivas e inapelables.
Los interesados podrán ampliar la información sobre el alcance de los problemas o demandas, los rubros sujetos de apoyo, así como los criterios de evaluación, consultando los términos de referencia de esta convocatoria, disponibles en la página electrónica del CONACYT www.conacyt.mx. y del CONCYTEG www.concyteg.gob.mx.
Emitida en la ciudad de Guanajuato, Gto., a los veinte días del mes de mayo del año dos mil ocho.